Registro Andaluz de identificación animal (RAIA) alta, cambio de propietario, y baja
La ley Andaluza sobre la implantación obligatoria de microchip es la 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales, que en su articulo 17.1 dice: ‘Los perros y gatos deberán ser identificados individualmente mediante sistema de identificación electrónica normalizado, implantado por veterinario, dentro del plazo máximo de tres meses desde su nacimiento.
En nuestro post: “Obligaciones y ventajas del microchip de tu mascota” tenéis la mayoría de los aspectos legales de su implantación. Pero lo que vamos a tratar aquí es el cuándo, el cómo y el porqué.
ALTA:
Cuándo:
Como hemos leído en la ley, esta nos obliga a poner el chip antes de los tres meses de edad o antes del mes de la tenencia si ya es adulto.
Igualmente debe de darse de alta cuando la mascota proviene de otra comunidad o de otro país.
De forma habitual el chip viene a implantarse con la primera vacuna de rabia de forma obligatoria, aunque se puede hacer antes. Esta implantación debe hacerla un veterinario autorizado.
Cómo:
Se implanta en el lado izquierdo del cuello.
Se debe dar de alta a nombre de una persona mayor de edad. Si es un PPP (Perro Potencialmente Peligroso), además, esta persona tiene que reunir unos requisitos, entre ellos: no tener cargas penales, tener un seguro para el perro, Informe del veterinario de que el perro no es peligroso, …
Porqué:
La implantación del microchip es comparable a nuestro DNI. Identifica al perro y quien es su propietario. Esto nos hace responsables de él y de sus actos. Depende de nosotros, es nuestra responsabilidad. Cuando una mascota se pierde o nos la roban tenemos la obligación de comunicarlo al registro. Esto normalmente se hace a través de cualquier clínica veterinaria de la comunidad autónoma en la que está inscrito. Así, si se pierde en otra comunidad tendremos que ponernos en contacto con nuestra clínica habitual o con cualquier otra que sea de esa de la comunidad autónoma donde está registrada la mascota. Por ello es importante que la mascota esté inscrita en la comunidad donde más tiempo pasamos si tenemos más de una residencia y en distintas comunidades.
Igualmente, si se pierde en otra comunidad, quien le lea el microchip, ya sea policía, veterinario o perrera, tendrá acceso al nombre y teléfono del propietario para poder ponerse en contacto. Es por ello muy importante mantener actualizado nuestro número de teléfono en el registro.
Debemos tener en cuenta que somos responsables de la mascota ante la ley.
En el cambio de propietario aplicaremos estas mismas razones para hacerlo.
CAMBIO DE PROPIETARIO:
Cuándo:
Cuando la mascota cambia de dueño por la razón que sea, este cambio se tiene que hacer de forma legal. Para ello tendremos que ir a nuestro veterinario habitual o a cualquier otro de la comunidad autónoma donde esté registrada la mascota.
Cómo:
Deben personarse el propietario nuevo y el anterior, ya que este cambio debe ir firmado por los dos. En el caso que el nuevo propietario sea de otra comunidad, habrá que registrarlo como alta nueva en su comunidad y darlo de baja en la anterior comunidad.
Qué pasa cuando el propietario no se encuentra, ya sea por defunción, por estar en paradero desconocido, o por vivir tan lejos o tener impedimento para desplazarse.
Cuando el propietario ha fallecido se debe presentar el certificado de defunción.
Cuando está en paradero desconocido se acompañará con una declaración jurada por parte del nuevo propietario asegurando no conocer el paradero del titular del chip.
Y cuando está tan lejos o sus circunstancias impiden su traslado a la clínica, se deberá acompañar con una autorización firmada y la fotocopia del DNI del propietario.
BAJA:
Cuándo:
La baja de una mascota en el RAIA se hará por dos motivos: por la muerte del animal o por el traslado a otra comunidad o país.
Cómo:
En los dos casos debe hacerlo un veterinario autorizado de la comunidad donde esté inscrita la mascota.
Cualquiera de los documentos anteriormente descritos debe estar firmado por el titular del los mismo. En ausencia de él, como en los casos anteriormente descritos, se requerirán los mismos documentos en cada caso.
Por qué:
Es una obligación legal comunicar la ausencia de la mascota sea por la razón que sea.
Se debe comunicar al veterinario habitual u otro que sea de la misma comunidad autónoma, para que éste lo comunique al registro.
hola, se plantea la duda de si disponen de un formulario para cumplimentar los datos del animal para cambio de titularidad para rellenar y entrega posterior al veterinario, en caso afirmativo pueden enviarme el formulario para rellenar datos los dos titulares. que do agradecido de antemano y a su disposición.
Buenos días. Si el propietario anterior no está presente hay que rellenar un formulario que debe firmar el propietario anterior y el nuevo propietario. No le podemos mandar dicho formulario sin haber visto todo el caso. Debe venir a la clínica con una autorización para cambio de propietario firmada por el propietario anterior y con la mascota para identificar el chip. Entonces se hará todo el trámite y se le entregará el formulario que deberá firmar el anterior propietario y que deberá entregárnoslo de nuevo. Reciba un cordial saludo.
BUENOS DIAS, DONDE SE PUEDE DESCARGAR EL FORMULARIO PARA EL CAMBIO DE DOMICILIO DEL MICROCHIP? ES EN LA MISMA CIUDAD. MUCHAS GRACIAS
Hola, todos los documentos relacionados con el microchip de una mascota: alta, baja, cambio de propietario, etc. No están en internet. Debe ir a su veterinario o a a uno de la comunidad donde está registrada la mascota.
Saludos
Hola he adoptado un cachorro y quisiera saber quien tiene que hacer el cambio de titularidad la asociación o yo somos de distintas provincias. Gracias
Hola. El acuerdo al que hayan llegado la protectora y usted estará conceptuado en el contrato de adopción. Pero de forma general las protectoras se encargan de dar en adopción mascotas microchipadas dadas de alta o a la asociación o directamente al adoptante. Si la mascota está dada de alta a la asociación y sois de distintas provincias, lo lógico sería que usted diese de alta a la mascota en su provincia. Cómo nadie de la protectora estará presente para firmar tendrá que presentar todos los justificantes de que la mascota ha sido adoptada por usted en esa asociación. Un saludo
Buenas, cedí un gato en adopción hace unas semanas y por circunstancias no pudimos acudir en el acto a hacer el cambio de propietario, el nuevo propietario se comprometió a que formalizásemos el trámite estos días pero me es imposible dar con él por más que trato de contactarle, parece que haya desaparecido de la faz de la tierra (su teléfono ahora no existe, no me responde a mensajes por redes sociales… Qué puedo hacer en este caso? Estoy preocupado porque por obrar de buena fé si hay algún problema la responsabilidad recaería sobre mi…
En un principio no se debe ceder una mascota hasta que todo el proceso de cambio de propietario esté finalizado, justamente para evitar estas situaciones. Le aconsejamos que llame al RAIA (Registro Andaluz de Identificación Animal) y exponga su caso, ellos le informarán de los pasos y trámites a seguir. Un saludo.
Buenas tardes
,,Cuando está en paradero desconocido se acompañará con una declaración jurada por parte del nuevo propietario asegurando no conocer el paradero del titular del chip.»
Este es mi caso, sin embargo la veterinaria dice que no sabe de qué declaración jurada se trata, ni donde puede encontrar dicha declaración, le enseñe su post pero aún así se niega a hacerme la titularidad a mi nombre. Que puedo hacer?
Actualmente la mejor manera de resolver este problema es llamar al Registro Andaluz de Identificación Animal (tel. 954 542 701) para ponerles al corriente del caso y que ellos te digan cómo solucionarlo. Irás sobre seguro y te ahorrarás llamadas de tiempo.
Saludos
Tengo que dar de baja a dos animales por fallecimiento. ¿Cómo puedo realizar dicha trámite? ¿Cómo puedo saber los animales que están asociados a mí o a mi marido ya fallecido?
Gracias
Buenos días. Nosotros no somos el registro oficial de mascotas de su comunidad. Somos una clínica veterinaria situada en Almería. Tiene usted que acudir a su veterinario y allí le harán el trámite de la baja. Reciba un cordial saludo.
Tengo que pagar por el cambio de propietario
Sí, el cambio de propietario tiene un coste por la gestión y por el documento oficial utilizado.
Saludos
Mi mascota está registrada en Castilla y León pero ahora vivimos parte del año en Andalucía. Puedo tenerla registrada en las 2 comunidades a la vez?
No, ahora no esta permitido, ya que se ha creado un registro nacional (REIAC) donde se centraliza la información de los datos de contacto de mascota y dueño. Pero no se tiene acceso a datos clínicos. Así que debe tener registrada la mascota en aquella comunidad donde pase mas tiempo; y mantener su pasaporte en regla para poder viajar, no solo dentro de España sino también fuera. Para más información puedes leer este post.
Saludos
Cogi un perrete mediante crsion con contrato, por distintas circunstancias he empezado a hacer el tramite de cambio de chip del perro pero la antigua dueña por cabreo ha dado al perro por desparecido, hemos enviado los documentos al registro desde mi veterinario y ella quiere que haga el tramite en dos minutos, saben cuanto tardara?? Ha sido fallo mio pero ahora es todo un lio
El tiempo que tarda el registro en responder suele ser entre 1 y 2 semanas pero quien se lo va a decir exactamente va a ser el registro. Nosotros somos una clínica veterinaria, y no podemos decirle cuanto va tardar exactamente el registro en contestarle. Muchas gracias por contactar con nosotros. Reciba un cordial saludo.
Buenas tardes,
Hace 4 años adopte a mi perro de una protectora cuando era un cachorro de 2 meses.
Una de las condiciones es que pasado un año lo pondrían a mi nombre, pero no ocurrió. Debido a mi inexperiencia no reclamé y la protectora tampoco me dijo de hacer el tramite.
Me he puesto en contacto con la protectora para regularizar la situación de mi perro, y he conocido que la persona encargada se encuentra enferma y las funciones burocráticas están desatendidas y no parece que vayan a afrontarlas. Además, mi veterinario me ha comentado que el próximo año será obligatorio que los perros estén asegurados y para ello necesito que esté a mi nombre y regularizar su situación.
En los veterinarios y en el consejo de veterinarios me dan largas y se pasan la pelota unos a otro sin darme una solución.
He leído que puedo ir a denunciar pero me resulta poco ético hacerlo a una persona que está muy enferma.
¿Me podrían ayudar?
Muchas gracias.
Saludos.
Buenas tardes. Aquí la situación es muy clara. Usted adoptó un animal y en el contrato debe especificar que se le cede ese animal con todas las consecuencias, así que están obligados a hacer el cambio de propietario. Debe usted denunciar si no es así. O leer el contrato de Adopcion por si hay alguna cláusula donde especifica que usted es casa de acogida y no propietario final porque en ese caso la titularidad del animal pertenecería siempre a la asociación protectora. Espero haberle ayudado. Reciba un cordial saludo.